Esta llamada tendrá dos fechas de corte para 2020, el 16 de abril y el 17 de septiembre, y apoya la colaboración entre empresas españolas y entidades de alguno de los 44 países enumerados a continuación: Arabia Saudita, Argelia, Argentina, Australia, Bangladesh, Brasil, Cabo Verde, Camboya, Catar, Chile, China, Colombia, Costa de Marfil, Costa Rica, Cuba, EAU, EEUU, Ecuador, Egipto, Filipinas, Guatemala, India, Indonesia, Irán, Japón, Jordania, Kuwait, Sri Lanka, Laos, Líbano, Malasia, Marruecos, Mauritania, Myanmar, México, Perú, República Dominicana, Rusia, Senegal, Singapur, Tailandia, Taiwán, Túnez y Vietnam. Como novedad este año se han incluido Cabo Verde, Costa de Marfil, Cuba, Guatemala, Mauritania, Republica Dominicana y Senegal.

Beneficiarios

Empresas a título individual, o bien Agrupaciones de Interés Económico (AIE) o consorcios constituidos por, como mínimo, dos empresas autónomas, que propongan el desarrollo de un proyecto de I+D en colaboración con entidades extranjeras de los países mencionados.

Además, los participantes de los proyectos derivados de Programas Multilaterales y Bilaterales que habiendo recibido previamente una pre-evaluación positiva por el CDTI, E.P.E. no haya sido posible su certificación internacional.

Duración de los proyectos

La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.

Presupuesto de los proyectos

El presupuesto mínimo financiable por empresa será de 175.000 €. En el caso de los proyectos desarrollados por un consorcio o AIE, el presupuesto mínimo del proyecto será de 500.000 €, con un presupuesto mínimo por empresa del consorcio de 175.000 €.

Modalidad y cuantía de la financiación CDTI:

Los proyectos de I+D presentados podrán financiarse mediante una Ayuda Parcialmente Reembolsable con las condiciones de los proyectos de I+D de Cooperación Internacional del CDTI-PCTI, similares a las de los proyectos enmarcados en los Programas Multilaterales y Bilaterales vigentes.

La modalidad de la Ayuda Parcialmente Reembolsable, tiene una cobertura financiera de hasta el 75% del presupuesto total aprobado, pudiendo, excepcionalmente, alcanzar el 85%, con un tramo reembolsable y un tramo no reembolsable (en adelante TNR).

Un tramo reembolsable en un plazo de 10 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto, que se calcula en función de la duración del proyecto y el importe de los hitos presupuestarios. El primer reembolso se realiza 3 años después del centro de gravedad del proyecto, con un mínimo de 2 años desde su fecha de finalización. Este tramo reembolsable tendrá un tipo interés fijo igual al Euribor a un año[1], que se establecerá en el momento de la aprobación del proyecto.

Un TNR[2] del 33% por el carácter internacional del proyecto. Para acogerse al tramo de bonificación indicado los proyectos deberán estar en posesión del correspondiente sello que certifique la existencia de cooperación entre entidades y el carácter internacional de la propuesta (certificación Unilateral).

Fuente y más información: CDTI