Documento de la Llamada conjunta en inglés aquí.
Características de los proyectos a financiar
- Debe tratarse de proyectos de I+D+i con fines civiles orientados al desarrollo o mejora significativa de un producto, proceso o servicio innovador con perspectivas de mercado.
- Participación, como mínimo, de una empresa española y una entidad china.
- Duración de los proyectos entre 24 y 36 meses.
- Por parte china, pueden participar tanto empresas como otros organismos generadores de conocimiento (universidades, centros de investigación y tecnología, hospitales, etc...).
- Por parte española tiene que participar, al menos, una empresa, que opcionalmente puede colaborar con otros organismos de investigación (universidades, OPIs, centros de innovación y tecnología) que pueden ir subcontratados en el presupuesto o como miembros del consorcio autofinanciándose.
- La propuesta debe estar equilibrada tanto en recursos técnicos como financieros entre las entidades de cada país. No se permite un desequilibrio en términos presupuestarios superior al 30-70% entre las entidades de España- China, ni ningún socio puede tener un presupuesto superior al 70%.
- Las áreas temáticas objeto de esta llamada bilateral y en las que se invita a presentar propuestas conjuntas entre empresas y entidades españolas y chinas son: ciudades inteligentes, tecnologías de la producción, incluida producción inteligente, biomedicina y tecnologías para la salud, incluidos dispositivos médicos, aplicaciones biotecnológicas y farma para solucionar enfermedades de prevalencia global, tecnologías limpias, incluidas tecnologías ambientales, energías renovables y tratamiento de aguas, agricultura moderna, incluidas tecnologías para la pesca, procesado de alimentos y seguridad alimentaria, materiales avanzados, sin impacto ambiental en el ciclo que va desde su extracción, procesamiento y reciclado.
- Se tiene que presentar un acuerdo de consorcio y un application form firmado y sellado por todos los socios y redactado en inglés.
- El presupuesto elegible en gastos de I+D de la empresa española debe ser igual o superior a 175.000 euros.
Más información: https://www.cdti.es/index.asp?MP=101&MS=842&MN=2&TR=C&IDR=3136
Fuente: CDTI