En el siguiente enlace se puede descargar el documento en inglés de la Llamada KSEI conjunta España-Corea 2023.
En virtud de este acuerdo, el CDTI y KETEP se comprometen a promover, apoyar y financiar proyectos tecnológicos conjuntos de entidades empresariales españolas y coreanas, pudiendo contar con el apoyo de entidades no empresariales que por la parte española deberán ir en calidad de subcontratadas o mediante autofinanciación.
El Programa KSEI tiene como objetivo el fomento de la realización de proyectos tecnológicos relacionados con las tecnologías de la energía, orientados al desarrollo de productos, procesos y/o servicios con claro interés comercial en el mercado internacional y basados en tecnologías innovadoras.
El Programa KSEI avala los proyectos aprobados mediante un "sello de calidad" que, además de ser un elemento promocional y de reconocimiento del nivel tecnológico de la propuesta, en el caso de esta Llamada la hace acreedora de una financiación pública. Cada país asume la financiación de sus entidades participantes.
En el caso de España los proyectos se financiarán a través de las herramientas del CDTI para los proyectos de I+D en colaboración internacional.
Más información: CDTI
Características de los proyectos
Los proyectos deben tener las siguientes características:
- El resultado de los mismos debe ser un producto, proceso o servicio innovador orientado a mercado consecuencia de la cooperación tecnológica de los participantes.
- El consorcio debe estar formado por, al menos, una empresa española y una coreana independientes y el proyecto debe ser relevante para todos los socios (ningún país o miembro del consorcio debe tener más del 70% de presupuesto).
- Las propuestas, siempre de uso civil, deben encuadrarse en alguna de las siguientes áreas tecnológicas: Energías Renovables, excepto eólica; Hidrógeno verde; Smart grid, incluido el almacenamiento de energía.
- El presupuesto debe ser coherente con los desarrollos a realizar y con la capacidad técnica/financiera de los participantes.
- Además, los participantes deberán firmar un acuerdo de consorcio que especifique los derechos y obligaciones de las partes respecto al desarrollo realizado y los posibles derechos de propiedad intelectual, explotación y comercialización de los resultados.