El periodo de presentación de propuestas comprenderá desde el 5 de febrero hasta el 15 de abril de 2024, con el objetivo de que los proyectos arranquen en octubre de 2024.
Se puede descargar el documento en inglés de la llamada KRESIP 2024 en el siguiente enlace.
En virtud del acuerdo firmado, el CDTI e IITP se comprometen a promover y apoyar económicamente proyectos tecnológicos conjuntos de entidades empresariales españolas y coreanas (Corea acepta también otro tipo de entidades como centros de investigación o universidades), pudiendo contar en España con el apoyo de entidades no empresariales en calidad de subcontratadas o mediante autofinanciación.
Características de los proyectos
Los proyectos, además de versar sobre la temática indicada, deben cumplir con las siguientes características:
- El resultado de los mismos debe ser un producto, proceso o servicio innovador orientado a mercado consecuencia de la cooperación tecnológica de los participantes.
- El consorcio debe estar formado por, al menos una empresa española y una entidad coreana independientes (empresa, centro de I+D, universidad) y el proyecto debe ser relevante para todos los socios (ningún país o miembro del consorcio debe tener más del 70% de presupuesto).
- La duración de los proyectos podrá ser entre 12 y 36 meses.
- Los resultados deben tener fin civil.
- El presupuesto debe ser coherente con los desarrollos a realizar y con la capacidad técnica/financiera de los participantes.
Características de la ayuda
El Programa KRESIP avala los proyectos aprobados mediante un "sello de calidad" que, además de ser un elemento promocional y de reconocimiento del nivel tecnológico de la propuesta, en el caso de esta Llamada la hace acreedora de una financiación pública. Cada país asumirá la financiación de sus entidades participantes.
La financiación de las empresas españolas en el Programa KRESIP se realizará a través una ayuda parcialmente reembolsable conforme a las siguientes condiciones:
- Tipo de interés fijo: Euribor a 1 año.
- Ayuda de hasta el 85% del presupuesto aprobado.
- La empresa deberá aportar, al menos, el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios.
- Anticipo del 35% de la ayuda con límite de 250.000 euros, sin exigencia de garantías adicionales.
- Tramo no reembolsable del 33% de la ayuda.
- Devolución: 10 o 15 años incluyendo una carencia entre 2 y 3 años.
La empresa española deberá tener un presupuesto mínimo elegible: 175.000 euros y el proyecto tendrá una duración de
12 a 36 meses.
Fuente y más información: CDTI